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RESULTADO   3ª CARRERA - 65
Hipódromo de Lasarte 18.30 07-09-2015 7ª Verano

GROUPE CARRUS
Distancia:  1.200 metros   Categoría: D       Pista: Hierba     Terreno:   Bueno
Dotación:  6.000, 2.400, 1.200, 600
Condición:  Para caballos y yeguas de TRES AÑOS EN ADELANTE. Pesos: tres años, 56 kilos; cuatro años ó más, 57 kilos. Recargos por premios ganados desde el 1 de Julio de 2014: 1 kilo a los ganadores de un premio de 9.000 euros; 2 kilos a los ganadores de un premio de 12.000 euros y 3 kilos a los ganadores de un premio de 15.000 euros.



Pto. Caballo  (L) Peso Jinete Preparador Propietario CS   T. - Dif. DG
1 ALCANO  3 57- R. Sousa E. León P. Nearco 2   1.14:40 5,1
2 PIWI ORANGE (FR)  4 56,5-52,5 J. Gelabert G. Arizcorreta Valladolid 4   1 1/2 22,8
3 LAFFAN (IRE)   59- M. Gomes J. Calderón Nanina 6   2 3/4 2,7
4 OTRO GINTONIC (GB)  2 4 58- V. Janacek G. Arizcorreta Factor Sorpresa 9   1 3/4 F2,3
5 AZABACHE   57-55 N. de Julián O. Anaya Sánchez Racing 7   2 1/4 28,9
6 ACAMANTE (GB)   57- B. Fayos J.M. Osorio Duque de Alburquerque 5   2 3/4 4,7
7 VALE DI ROSA (GB)   55,5-56,5 H. Pereira H. Pereira DiRosa 3   4 35,8
8 ROBERTTINO STAR  2 3 57- I. Borrego C. Fernández Bolak 8   4 27,8

Dividendos: G: 5,1 / Col.: 22,3 - 2,6 / Gem.: 15,9 / Tr.: 219,1

Incidencias:  Se autoriza la retirada del caballo Nº6 EROS WELLS por presentar cuadro de tos y proceso febril. Se prohíbe su participación en carreras públicas hasta el día 15 de septiembre 2015, inclusive.
Abierta investigación de oficio por parte de los señores comisarios y presentada reclamación por el jinete de la yegua Nº8 PIWI ORANGE,J.GELABERT, contra el jinete del caballo Nº 4 ALCANO,R.SOUSA, por presunto cambio de línea sin mediar la debida distancia mínima; visionadas las imágenes y tomada declaración a ambas monturas, estos señores comisarios acuerdan:
1º) Confirmar el orden provisional de llegada.
2º) Proponer la imposición de una multa de 300 € al jockey R.SOUSA por cambio de línea sin mediar la debida distancia en los metros finales de la recta, siendo reincidente en la temporada; todo ello en aplicación del articulo 11.23, en relación con el 15.D.I, ambos del reglamento sancionador del código de carreras.
3º) Se acuerda devolver la cantidad depositada para reclamar.











 
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